ÁFRICA/SUDÁN DEL SUR - «¿Cómo es posible convocar elecciones si no hay un censo de población ni una Constitución definitiva?», se pregunta el obispo auxiliar de Juba

martes, 22 septiembre 2026

Juba (Agencia Fides) – «¿Cómo es posible convocar elecciones si no hay un censo de población ni una Constitución definitiva?». Esta es la pregunta que se ha planteado el obispo auxiliar de Juba, capital de Sudán del Sur, Santo Loku Pio Doggale, durante un acto eclesial celebrado la semana pasada.

«Ahora quieren convocar elecciones, pero no hay un censo de población -a menos que lo hayan realizado en secreto, porque no es posible celebrar elecciones sin conocer el número de habitantes-», ha afirmado el obispo Doggale. «Quieren convocar elecciones mientras el país carece de una Constitución definitiva. ¿Cómo se pueden celebrar elecciones sin un censo y sin una Constitución? Estos dos elementos son los fundamentos de unas elecciones», ha subrayado.

«Es a través del censo como se determinan las ubicaciones geográficas y la distribución de la población. Han hecho perder tiempo a la población de Sudán del Sur desde 2005, pero Dios es grande y escuchará nuestra paciencia», ha añadido el obispo auxiliar de Juba.

El 1 de septiembre de 2026, la Asamblea Legislativa Nacional de Transición (TNLA) de Sudán del Sur aprobó, durante una sesión a puerta cerrada -los periodistas y el público fueron desalojados por orden del presidente de la Asamblea, que alegó motivos de seguridad nacional-, el proyecto de ley n.º 13 de 2026, por el que se modificaba la Constitución transitoria de Sudán del Sur de 2011. El procedimiento se completó en un solo día y el proyecto fue aprobado por unanimidad.

Dos días después, el presidente Salva Kiir Mayardit firmó la enmienda n.º 13 a la Constitución transitoria, eliminando el requisito legal de realizar un censo de población y de aprobar una Constitución permanente antes de celebrar las elecciones.

La medida modifica las disposiciones de la Constitución transitoria para desvincular la celebración de las elecciones generales de dos requisitos previstos en el Acuerdo Revitalizado de 2018 para la Resolución del Conflicto en Sudán del Sur (R-ARCSS): la realización de un censo nacional de población y vivienda y la aprobación de una Constitución permanente de carácter federal.

Las elecciones pueden celebrarse ahora de acuerdo con la Constitución transitoria modificada. El censo y el proceso de elaboración de la Constitución permanente quedan aplazados hasta después de las elecciones, para que sea un futuro Gobierno elegido el que se encargue de ellos. El Gobierno ha presentado esta iniciativa como una medida destinada a eliminar los obstáculos jurídicos y permitir así la celebración de las elecciones fijadas para el 22 de diciembre de 2026, las primeras elecciones generales en Sudán del Sur desde la independencia del país en 2011.
(L.M.) (Agencia Fides 22/9/2026)


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