Libreville (Agencia Fides) – Con el 91,8% de los votos a favor, la nueva Constitución de Gabón ha sido aprobada en el referéndum celebrado el 16 de noviembre. La tasa de participación en la votación del referéndum ha sido del 53,54%, por debajo de las estimaciones iniciales (71%).
“Se trata de un paso importante hacia el restablecimiento del orden constitucional tras el golpe de Estado de 2023”, ha comentado el Presidente de la Comisión de la Unión Africana, Moussa Faki Mahamat. A finales de agosto del año pasado, los militares tomaron el poder en un golpe de Estado incruento que derrocó a la familia Bongo, en el poder desde 1967, primero con el padre y luego con el hijo (véase Fides 30/8/2023).
El presidente de la transición, Brice Oligui Nguema, había prometido que tras un periodo transitorio los militares devolverían el poder a los civiles. La aprobación de la nueva Constitución es un paso clave en este proceso de retorno a la democracia, que conducirá a las elecciones presidenciales y parlamentarias previstas para agosto de 2025.
El general Brice Oligui Nguema, ha expresado su intención de postularse para la presidencia en esas elecciones. De ahí la importancia del test constitucional para verificar la imparcialidad del proceso electoral bajo el régimen militar provisional. Cabe recordar que el golpe de Estado del año pasado tuvo lugar tras las disputadas elecciones del 26 de agosto, en las que el entonces Presidente Ali Bongo Ondimba se daba como favorito (véase Fides 28/8/2023).
Para el referéndum constitucional se desplegaron unas 30 misiones de observación electoral, pero en algunos colegios electorales los observadores independientes no pudieron asistir a las operaciones de recuento de votos. Éstas, de acuerdo con la normativa vigente, fueron destruidas una vez finalizado el recuento. La nueva Constitución, de 173 artículos, prevé un régimen presidencialista con un Presidente con amplios poderes (sin Primer Ministro), con un mandato de siete años renovable por otro mandato. Establece que la disposición presidencial de dos mandatos no puede ser objeto de revisión constitucional para evitar el establecimiento de un régimen presidencial vitalicio. La disposición que reserva el matrimonio a las personas del sexo opuesto tampoco puede ser objeto de revisión constitucional.
En vísperas del referéndum, los obispos habían declarado que dejaban libertad de conciencia a los fieles católicos para votar o no a favor de la nueva Constitución, pero les advirtieron que tuvieran cuidado de no dejarse engañar por informaciones falsas propagadas en los medios de comunicación tradicionales y sociales. Monseñor Jean Patrick Iba-Ba, arzobispo de Libreville, publicó un folleto orientador al respecto.
(L.M.) (Agencia Fides 20/11/2024)