Missio Kazakhstan
Astana (Agencia Fides) – Kazajistán es un país en el que nadie puede ser condenado a muerte y en el que se protege la dignidad inalienable de todo ser humano. Así lo establece la nueva Constitución de Kazajistán, aprobada en referéndum el 15 de marzo de 2026 y entrada en vigor el 1 de julio de 2026. La transición al nuevo texto constitucional ha blindado la decisión adoptada en años anteriores, confirmando de forma definitiva la prohibición absoluta de la pena de muerte.
Así lo explica a la Agencia Fides el padre Gabriel Jocher, sacerdote austriaco de la Congregación de los Siervos de Jesús y María (SJM) y director nacional de las Obras Misionales Pontificias (OMP) en Kazajistán: «Kazajistán ha confirmado una vez más, de forma explícita, la prohibición de la pena de muerte. Desde una perspectiva cristiana, esto es motivo de alegría. La dignidad humana no desaparece ni siquiera cuando una persona ha cometido un delito grave. Al mismo tiempo, respetar la vida humana no significa ignorar las acciones ilícitas: la justicia, la responsabilidad y la protección de la sociedad siguen siendo fundamentales».
El sacerdote prosigue: «El artículo 1 de la Carta define al ser humano, su vida, sus derechos y sus libertades como valores supremos del Estado. Y el artículo 17 establece que “el derecho a la vida es un derecho inalienable e inviolable de toda persona”». Y añade con claridad: «La pena de muerte está prohibida». «Esta prohibición -recuerda el misionero- no es una novedad; ya estaba prevista en la Constitución anterior. Al reafirmarla, Kazajistán ha reiterado su compromiso constitucional de proteger la vida y la dignidad humana. Podemos estar agradecidos por esta decisión y por quienes la han respaldado a nivel estatal».
Kazajistán ya había abolido la pena de muerte en junio de 2022, cuando la pena capital fue eliminada de la Constitución. El proceso hacia su abolición se prolongó durante casi veinte años y se desarrolló a través de varios pasos fundamentales: la moratoria de 2003; la ratificación, en 2021, del Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que compromete formalmente al Estado a no aplicar la pena capital; y la aprobación de una ley parlamentaria, en diciembre de 2021, que eliminó la pena de muerte de todos los artículos del Código Penal, incluidas las excepciones previstas para los delitos cometidos en tiempo de guerra. Finalmente, un referéndum constitucional celebrado en junio de 2022 modificó el artículo 15 de la Constitución para introducir la fórmula: «La pena de muerte está prohibida».
La redacción de la nueva Constitución de 2026 en Kazajistán ha afectado a buena parte del antiguo marco normativo. El nuevo texto, aprobado con el 87,15% de los votos favorables, tiene como objetivo declarado establecer las líneas maestras del «Nuevo Kazajistán» y blindar los derechos civiles fundamentales.
Al rediseñar la sección dedicada a los derechos humanos y al ordenamiento del Estado, la Comisión Constitucional ha mantenido algunos elementos, entre ellos el principio de la ilegalidad absoluta de la pena capital, integrado directamente en el núcleo de los derechos fundamentales de la persona. La prohibición de la pena de muerte no ha sufrido ningún retroceso, ni siquiera en relación con delitos vinculados al terrorismo o con crímenes militares.
La abolición de la pena de muerte es solo una de las piezas de la actualización de la Carta constitucional impulsada por el presidente Kassym-Jomart Tokayev. El nuevo texto ha promovido reformas de gran alcance, entre ellas la reforma del Parlamento, que se ha convertido en un órgano unicameral tras la abolición del Senado. También se ha restablecido el cargo de vicepresidente de la República, suprimido en 1996, y se ha creado un nuevo órgano de designación presidencial, el «Consejo del Pueblo», con capacidad para proponer leyes y convocar futuros referendos.
El texto incluye, por último, nuevos capítulos dedicados a la protección de la privacidad y de los datos digitales de los ciudadanos, junto con una redefinición de la libertad religiosa.
(PA) (Agencia Fides 21/9/2026)