ASIA/AFGANISTÁN - EN LA NUEVA CONSTITUCIÓN AFGANA EL ISLAM ES LA RELIGIÓN DE ESTADO, PARA LAS DEMÁS CONFESIONES SE RECONOCE SÓLO LA LIBERTAD DE CULTO. HABLA A LA AGENCIA FIDES EL PADRE GIUSEPPE MORETTI, SUPERIOR DE LA MISIÓN SUI IURIS EN AFGANISTÁN

lunes, 10 noviembre 2003

Kabul (Agencia Fides) – La situación de libertad religiosa en el nuevo Afganistán no cambiará mucho con respecto al pasado. El proyecto de Constitución que circula en estos días y que se propondrá a la aprobación de la Loya Jirga (el Parlamento Afgano) el 10 de diciembre, decreta en el artículo 2 que el Islam es la religión de Estado, dejando libertad de culto a los fieles de otras religiones. La Agencia Fides ha solicitado una valoración de la Carta Constitucional – sometida en estos momentos al público debate de observadores e intelectuales, líderes religiosos y diplomáticos– al Padre Giuseppe Moretti, Barnabita italiano, Superior de la Misión Sui Iuris en Afganistán, primera circunscripción constituida por la Iglesia católica en la era post-talibán.
El P. Moretti ha declarado a Fides: “Es necesario ver que es lo que se entiende por libertad de culto y si la interpretación de ese artículo será restrictiva o las autoridades permitirán, por ejemplo, construir una iglesia fuera de la Embajada. En el proyecto de Constitución la libertad de culto se concibe en relación a cuanto prevé la sharia, por lo tanto no admite posibilidad de evangelizar o de realizarse conversiones”.
Según observadores y expertos que han analizado el proyecto constitucional, este tiene una connotación destacadamente islámica. La fecha de la portada, “año 1382”, sigue el calendario islámico, que es el adoptado oficialmente por el estado, como afirma el artículo 18. El texto decreta además el deber del Estado de instituir y organizar mezquitas, madrasas y centros religiosos islámicos (Art. 17). También desde el punto de vista de la organización social y política, los partidos políticos y las asociaciones, que los ciudadanos afganos tienen “libertad de crear”, deben estar constituidos conforme a los principios del Islam (Art. 35). Estas prescripciones están en contraste con otros títulos de la Constitución donde se afirma que el Estado tiene el deber de respetar y proteger la libertad y la dignidad de todo ser humano (Art. 22) o de crear “una sociedad basada en la justicia social, la protección de los derechos humanos, la realización de la democracia y de asegurar la unidad nacional y la igualdad de todos los grupos étnicos” (Art. 6)
La situación de libertad religiosa, por tanto, no parece muy distinta de la del pasado: el deseo es que la diplomacia occidental, en esta fase de discusión de la Carta Constitucional, pueda presionar pidiendo que sea reconocida una auténtica libertad religiosa en el nuevo Afganistán.
Sobre la construcción del nuevo Afganistán y sobre las relaciones con los líderes religiosos islámicos “hay, de todos modos, esperanza”, añade el P. Moretti: “Las relaciones están todas por construir, pero ya algunos líderes musulmanes han mostrado sensibilidad por el diálogo interreligioso. En especial el mullah Fazul Shinwari, Jefe de la Corte Suprema Afgana, nombrado Ministro de Justicia, que estuvo presente en la celebración de la erección de la Misión Sui Iuris y ha manifestado su deseo de encontrarse con el Santo Padre”. El mullah Shinwari ,de todas maneras, es conocido por la opinión pública internacional por sus declaraciones públicas de querer poner la sharia como ley fundamental del Estado.
(PA) (Agencia Fides 10/11/2003 Líneas: 42-Palabras: 557)


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