Roma (Agencia Fides) - La Convención de Ginebra del 28 de julio de 1951 y el Protocolo de Nueva York del 31 de enero de 1967 definen al “refugiado” como “una persona que, temiendo persecuciones por motivo de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social u opinión política, deja el propio país de origen y no puede o no quiere ponerse bajo la protección de aquel país” Estas personas están bajo el mandato del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) desde el momento en que atraviesan la frontera del propio país y entran en un país extranjero. Los gobiernos firmantes se comprometen a no obligar a la repatriación a nadie que tenga un fundado temor de persecución.
Son parte esencial de la definición dos elementos: el miedo de persecución y el hecho de encontrarse fuera del país y de la propia nacionalidad. Responden a estos requisitos y están pues bajo la dirección del ACNUR cerca de 20 millones de personas en el mundo. Pero la definición no abarca todas las situaciones existentes: a causa de las diversas condiciones jurídicas y las diversas ideologías no existe un consenso universal sobre la concesión de silo político. Según los estudiosos y organizaciones especializadas en el mundo existen unos 45 millones de refugiados o evacuados de los cuales un 1’80% son mujeres y niños.
Actualmente los refugiados provienen en su Mayorga de países en vías de desarrollo y encuentran el primer asilo sobre todo en los otros países del Tercer Mundo (especialmente en Medio Oriente y África). Los países industrializados participan en menor medida en el proceso de de acogida : en los últimos 50 años la disponibilidad de los países occidentales a conceder asilo político a los refugiados ha reducido drásticamente . Los gobiernos han puesto obstáculos cada vez mayores para desanimar a antiguos y nuevos aspirantes al asilo político, si bien en los últimos años el fenómeno se está agravando.
El éxodo forzado es fruto de la guerras civiles, opresiones, persecuciones de las minorías étnicas y religiosas. Según el espíritu del derecho internacional todo ser humano tiene el derecho de estar libre de persecuciones y los estados deben proteger tal derecho dentro de sus territorios. Cuando un Estado no garantiza este derecho la comunidad internacional tiene la responsabilidad de hacer efectiva esta libertad.
(PA) (Agencia Fides 19/6/2003 Líneas: 31 Palabras: 394)