ASIA/KAZAJSTÁN - Abolición de la pena de muerte: un paso adelante para la nación en la protección de la vida humana

viernes, 18 febrero 2022 derechos humanos   vida humana   iglesia católica  

Astana (Agencia Fides) – “En diciembre de 2021 ha tenido lugar un importante acontecimiento en la historia de nuestro Estado: Kazajstán ha abolido finalmente la pena de muerte. Esta noticia pasó injustamente desapercibida por los disturbios de enero. Sin embargo, ahora que la paz y el orden han vuelto al país, nos gustaría reflexionar juntos sobre la importancia de este acontecimiento. El rechazo de la violencia en todas sus formas, el reconocimiento de la ilegalidad de la tortura y la abolición de la pena de muerte en el derecho penal son el resultado del progreso del pensamiento ético en el proceso de desarrollo histórico y cultural de la sociedad”. Así se lee en una nota enviada a la Agencia Fides por la Comisión de Comunicaciones Sociales de la Iglesia Católica en Kazajistán.
El 29 de diciembre de 2021, el presidente Kassym-Jomart Tokayev firmó la Ley de Enmiendas y Adiciones a Determinados Actos Legislativos de la República de Kazajistán sobre la Abolición de la Pena de Muerte: la medida abolía oficialmente la pena capital y reconocía la cadena perpetua como el nivel más alto de castigo en la república.
Kazajstán llegó a este resultado tras un largo viaje. De hecho, la pena de muerte se aplicó durante los primeros 13 años de la historia del Kazajstán independiente: la última condena a muerte se ejecutó en 2003, cuando 12 presos fueron fusilados. En 2004 entró en vigor una moratoria indefinida sobre la ejecución de penas de muerte, firmada por el primer presidente Nursultan Nazarbayev. En total, se han ejecutado 536 condenas a muerte en Kazajistán desde 1990.
“La violencia - dice la nota de la Comisión - no puede detener la violencia, la pena de muerte es un asesinato y un Estado que permite la pena de muerte legitima el asesinato. Además, no existe una correlación probada entre el uso de este instrumento penal y la reducción del nivel de delincuencia. El coste de un error judicial es demasiado alto: se puede condenar a muerte a personas inocentes por error. Por último, las medidas jurídico-penales cometidas no deben tener como objetivo la destrucción del delincuente, sino la represión del delito: al imponer una pena de muerte, atribuimos permanentemente al condenado el estigma de ser un delincuente, mientras que, con la prisión, castigamos el delito, neutralizamos la amenaza para la sociedad y damos al condenado una oportunidad de reeducación”.
El Papa Francisco - recuerda el texto recibido en la Agencia Fides -, ha manifestado en varias ocasiones su apoyo a la abolición de la pena de muerte, considerada “contraria al Evangelio”. En octubre de 2017, durante la celebración del 25º aniversario de la aprobación del Catecismo de la Iglesia Católica, anunció su decisión de modificar su artículo nº 2267, que anteriormente, no excluía “el recurso a la pena de muerte, cuando sea el único modo practicable de defender eficazmente del agresor injusto la vida de los seres humanos”. Hoy, el mismo artículo dice: “la Iglesia enseña, a la luz del Evangelio, que «la pena de muerte es inadmisible, porque atenta contra la inviolabilidad y la dignidad de la persona» y se compromete con determinación a su abolición en todo el mundo”.
(LF-PA) (Agencia Fides 18/2/2022)


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