AMÉRICA - La Corte Interamericana de Derechos Humanos no puede imponer la ley de matrimonio homosexual a los países miembros

miércoles, 24 enero 2018

San José (Agencia Fides) - La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) órgano judicial de la Organización de los Estados Americanos (OEA), está presionando a sus 23 países miembros que aún no lo hayan hecho, a reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo. El pasado 9 de enero, en respuesta a una solicitud realizada por Costa Rica (país miembro) en mayo de 2017, la corte ha pedido el reconocimiento de derechos al matrimonio homosexual permitiendo que gocen de la misma protección legal que las parejas heterosexuales.
Al respecto, el abogado jurista Juan Puertas, presidente de la 'Asociación pro vida, pro familia y pro libertad religiosa Antonin Scalia', de Perú dice a la Agencia Fides que las consecuencias de acatar este fallo de la Corte es que el matrimonio dejará de ser una institución. Según precisa el abogado, “si el amor es lo que importa, estamos renunciado al derecho, porque el derecho es una ciencia prescriptiva de lo que debe ser, que genera protecciones objetivas en base a la realidad y no en base a los sentimientos que van y vienen”.
Cabe señalar que el 79 por ciento de los peruanos rechazan el matrimonio entre dos personas con el mismo sexo, mientras que la familia conformada por la unión de un varón con una mujer es el aspecto más valorado para la gran mayoría de la población del Perú (89%). Pero a pesar de ser un país soberano y con una Constitución clara sobre el matrimonio entre un hombre y una mujer que expresa el sentir religioso y tradicional de la gran mayoría de los peruanos, la CIDH ha exhortado a todos los países latinoamericanos miembros a que reconozcan el matrimonio homosexual y que se extiendan los mismos derechos otorgados a los heterosexuales.
Ante la pregunta de si es válido que la CIDH imponga una agenda a los países miembros, el abogado Juan Puertas, afirma a la Agencia Fides que la Corte está excediéndose en sus facultades y que además, ignora las Constituciones de cada Estado. “La Constitución no puede estar por debajo de un fallo de la CIDH, que ni siquiera es una sentencia, sino una consulta en respuesta a un sólo país concreto. - explica el abogado-. La CIDH debe analizar primero la Constitución para a partir de ella emitir un fallo. Tiene que haber una coexistencia natural entre lo que establece la CIDH y lo que establecen las constituciones nacionales. Porque sino estaríamos en una oligarquía internacional que nos impone lo que tenemos que hacer y no hacer”, concluye puertas.
Actualmente los países miembros de la Corte Interamericana de Derechos Humanos son: Argentina, Barbados, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Chile, Dominica, Ecuador, El Salvador, Granada, Guatemala, Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana y Surinam. Trinidad y Tobago abandonaron la Convención Americana sobre derechos Humanos en 1998 y Venezuela, en 2012. (DB/LG) (Agencia Fides 24/01/2018)


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