AFRICA/CONGO RD - ¿La Corte Constitucional abre la vía a la Presidencia a tiempo indeterminado? 

miércoles, 25 mayo 2016 elecciones   política  

Kinshasa (Agencia Fides) - La sentencia de la Corte Constitucional del 11 de mayo establece que el Presidente de la República Democrática del Congo, Joseph Kabila, a quién la Constitución prohíbe el presentarse como candidato para un tercer mandato, podrá permanecer en el cargo hasta que su sucesor tome el puesto, ¿esto quiere decir que Kabila puede permanecer en la Presidencia a tiempo indeterminado?
Se pregunta la Red Paz para el Congo en su nota enviada a la Agencia Fides. “Mediante la sentencia de 11 de mayo, el Tribunal de Justicia ha respondido a una solicitud de interpretación de algunos artículos de la Constitución presentada por más de 250 diputados, en un momento en el que cada vez se ve más lejos la posibilidad de organizar las elecciones presidenciales a finales de 2016” se lee en la nota. “Para consagrar el principio de continuidad del Estado afirmado en el artículo 69 de la Constitución, el artículo 70, párrafo 2 de la Constitución permite al Presidente de la República en ejercicio permanecer en el cargo hasta la instalación efectiva del nuevo presidente electo”, y declarado en su sentencia leída por el Presidente de la Corte, Benoît Luamba. Presidente de la Corte, Benoît Luamba.
“La Corte Constitucional se limita a una simple declaración del segundo párrafo del artículo 70, absteniéndose de formular una mínima alusión a la organización o no de las elecciones presidenciales en el plazo fijado por la Constitución” subraya la Red Paz para el Congo.
“Además, afirmando que el presidente actual permanece en funciones hasta la instalación del nuevo presidente elegido, el Tribunal considera que el presidente permanecerá en funciones hasta la organización de las futuras elecciones presidenciales de las cuales, sin embargo, no precisa un plazo o una fecha” afirma la nota. “En esta situación, el riesgo es que un Presidente de la República tenga luz verde para decidir permanecer en el timón del país por un período indefinido (varios meses, varios años, varias décadas), aportando nuevas razones para posponer continuamente las elecciones indefinidamente” concluye el documento. (L.M.) (Agencia Fides 25/5/2016)


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